UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
DEL TÁCHIRA
CONTRALORÍA INTERNA
UNIDAD DE AVERIGUACIONES ADMINISTRATIVAS |
Asunto: Instrucciones
procedimentales para el análisis de los informes
de auditoría, otros informes relacionados con actividad
de control y procedimientos de investigación |
Responsable |
Acciones |
Jefes de Unidad o Contralor
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Mediante memorando interno entrega
al Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
copia del informe definitivo de auditoria, o de cualquier
otro informe relacionado con la actividad de control
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Jefe de Averiguaciones Administrativas
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Firma el original del memorando interno
elaborado, como constancia de haber recibido copia del
informe definitivo de auditoria o de cualquier otro informe
relacionado con la actividad de control |
Jefe de Averiguaciones Administrativas
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Procede en orden consecutivo de recepción,
a analizar el informe recibido; salvo en aquellos casos
en los que por razones debidamente justificadas, se proceda
a analizar un informe que no guarde relación con
el orden de recepción. |
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Con base al análisis realizado,
la Unidad de Averiguaciones Administrativas procederá
emitir n informe que será entregado mediante memorando
interno al Contralor, en el cual se expresará si
es procedente o no la apertura de un procedimiento de
investigación.
La Unidad conservará copia del
informe entregado al Contralor. |
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En los casos que en el informe no
se considere procedente la apertura del procedimiento
de investigación, el Contralor podrá realizar
cualesquiera de las siguientes actuaciones:
a. Dar conformidad, en cuyo caso ordenará
al Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas
el archivo del expediente.
b. Manifestar su inconformidad, en cuyo
caso devolverá el informe al Jefe de la Unidad
de Averiguaciones Administrativas, a los fines que le
realice las correcciones necesarias, o agregue los elementos
pertinentes. En este caso el Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas presentará oportunamente el informe
corregido.
c. Solicitar al Jefe de la Unidad de
Averiguaciones Administrativas, una explicación
con mayores detalles acerca de lo expuesto en el informe,
a los efectos de formarse un mejor criterio.
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En los casos que en el informe se considere
pertinente la apertura del procedimiento de investigación,
el Contralor podrá realizar cualesquiera de las
siguientes actuaciones:
a. Dar conformidad, en cuyo caso ordenará
mediante memorando interno al Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas la elaboración del proyecto de
auto de apertura del procedimiento de investigación
b. Manifestar su inconformidad, en cuyo
caso devolverá el informe al Jefe de la Unidad
de Averiguaciones Administrativas, a los fines que le
realice la correcciones necesarias, o agregue los elementos
pertinentes. En este caso, el Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas presentará oportunamente el informe
corregido.
c. Solicitar al Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
una explicación con mayores detalles acerca de
lo expuesto en el informe, a los efectos de formarse un
mejor criterio |
Jefe de Averiguaciones Administrativas
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En los casos que el Contralor haya
dado su conformidad a la propuesta de apertura del Procedimiento
de investigación, el Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas procede a elaborar el proyecto de auto
de apertura y mediante memorando interno lo entrega al
Contralor. La Unidad conservará copia del auto
de apertura.
El auto de apertura de deberá contener como mínimo
los siguientes elementos:
a. Los presuntos hechos que dan origen
a la Investigación
b. La presunta normativa transgredida.
c. El acuerdo de inicio del procedimiento
d. Una enumeración enunciativa de las actividades
de sustanciación a realizar. |
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Una vez analizado el proyecto de
auto de apertura y manifestada su conformidad con el mismo,
el Contralor procederá a dar inicio al procedimiento
de investigación, y a la vez ordenará a
la Unidad de Averiguaciones Administrativas la sustanciación
del procedimiento. |
Jefe de Averiguaciones Administrativas
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Una vez realizadas las actividades
de sustanciación, el Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas o su delegatario elaborará un informe
final en el cual consten los resultados de la investigación.
El informe que debe ser entregado al Contralor para su
consideración mediante memorando y podrá
tener como conclusiones cualesquiera de las siguientes:
a. La inexistencia de pruebas que demuestren
la comisión de hechos generadores de responsabilidad,
multa o reparo, en cuyo caso recomendará con la
debida motivación la no apertura del procedimiento
de determinación de responsabilidades.
b. La existencia de pruebas que demuestren la comisión
de hechos generadores de responsabilidad, multa o reparo,
en cuyo caso se recomendará con la debida motivación
la apertura de un procedimiento de determinación
de responsabilidades.
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En los casos en que el informe final
elaborado por la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
contenga como recomendación la no apertura del
procedimiento de investigación, el contralor procederá
a adoptar cualesquiera de las siguientes decisiones:
a. Manifestar su conformidad con el informe presentado,
en cuyo caso ordenará mediante memorando interno
al Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas
el archivo del expediente.
b. Solicitar la Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
la recolección de mayores elementos probatorios
y la presentación de un nuevo informe.
c. Manifestar mediante memorando in-terno su inconformidad
con el informe presentado y ordenar la elaboración
de un proyecto de auto de apertura del procedimiento de
determinación de responsabilidades.
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En los casos en que el informe final
elaborado por la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
contenga como recomendación la apertura de un procedimiento
de determinación de responsabilidades, el Contralor
procederá a adoptar cualesquiera de las siguientes
decisiones:
a. Manifestar su conformidad con el informe presentado,
en cuyo caso ordenará al Jefe de la Unidad de Averiguaciones
Administrativas la elaboración del proyecto del
auto de apertura del procedimiento de determinación
de responsabilidades.
b. Solicitar al Jefe de la Unidad de Averiguaciones Administrativas,
la recolección de mayores elementos probatorios
y la presentación de un nuevo informe.
c. Manifestar mediante memorando interno
su inconformidad con el informe presentado, y ordenar
el archivo del expediente |
Dr. Rutilio A. Mendoza
Gómez
AUDITOR INTERNO (E) |