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| Artículo 19: El Fondo Editorial de la UNET, en el primer
trimestre de cada año presentará al Consejo del Decanato
de
Investigación, el presupuesto de ingresos y gastos que regirá para el ejercicio fiscal. |
| Artículo 20: El Fondo Editorial de la UNET, contará con ingresos fijos provenientes de un aporte anual por parte del Consejo de Decanato de Investigación; podrá contar con aportes fijos del Vice Rectorado Académico, Vice Rectorado Administrativo, Decanato de Extensión, Decanato de Postgrado, Decanato de Desarrollo Estudiantil; aporte de la Asociación de Profesores, por parte de la Junta Directiva de esa organización gremial; aportes del sector estudiantil, cuyo monto será fijado por el Centro de Estudiantes CEUNET. Dichos aportes, serán presupuestados anualmente. |
| Artículo 21: El Fondo Editorial de la UNET podrá
contar con otros ingresos provenientes de:
a. La venta de la contraportada o cintillos en la tapa de los libros a entidades financieras, comerciales y/o industriales, que deseen colaborar con esta tarea educativa. b. Donaciones de particulares, empresas, entidades públicas o privadas. c. Ventas de publicaciones u otros materiales. |
| Artículo 22: El precio de los libros y otros materiales
que sean editados por el Fondo Editorial de la UNET, será calculado
por un tabulador, el cual considerará el precio de costo y deberá tener un margen de ganancia para garantizar la reposición del remanente. El precio de los libros y materiales obtenidos fuera del fondo, será un valor que respete las consideraciones hechas en el artículo anterior. |
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